Inscripción y autorización ante la CMF bajo la Ley Fintec 21.521, del estudio Anguita Osorio.

Servicio

Inscripción en el Registro Fintec de la CMF: cómo la ejecutamos

Desde febrero de 2025, prestar servicios del artículo 3 sin inscripción ni autorización dejó de ser una tarea pendiente y pasó a ser una exposición sancionatoria. El proceso premia la preparación: un expediente completo y bien calificado avanza en meses; uno improvisado gira en rondas de observaciones.

Última actualización:

Qué es el servicio

Ejecución completa de la inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros y de la autorización para operar, bajo la Ley 21.521 y la Norma de Carácter General 502 de la CMF. El entregable no es una presentación: es un servicio autorizado, con las obligaciones posteriores mapeadas para que la empresa sepa a qué se obligó.

Cómo lo trabajamos, en cuatro etapas

1

Calificación

Contrastamos el producto contra el catálogo del artículo 3: qué servicios constituye realmente, cuáles no, y qué implica eso en patrimonio, garantías y gobierno. Esta decisión condiciona todo lo que sigue.

2

Construcción del expediente

Antecedentes societarios, idoneidad de socios y administradores, descripción del negocio y las políticas que la CMF espera ver, armados conforme a la NCG 502 antes de presentar nada.

3

Presentación y seguimiento

Presentamos, respondemos las rondas de observaciones con disciplina de plazos y mantenemos el calendario visible para la empresa, desde la inscripción hasta la autorización del servicio.

4

Post-autorización

La autorización crea obligaciones permanentes: reportes, garantías, gobierno. Dejamos a la empresa con el calendario de lo que debe sostener, no solo con la resolución.

Qué recibe la empresa

  • Una calificación fundada: qué servicios del artículo 3 constituye el producto y por qué.
  • El expediente completo de inscripción y autorización, construido conforme a la NCG 502.
  • Representación ante la CMF en las rondas de observaciones hasta la autorización.
  • El calendario de obligaciones posteriores: reportes, garantías y deberes de gobierno.

El contexto legal está en el cluster: si su servicio requiere o no inscripción, el marco de la Ley Fintec y el Sistema de Finanzas Abiertas para los prestadores que consumen datos del SFA.

Preguntas frecuentes

¿Qué servicios exigen inscripción en el registro de la CMF?

Los del artículo 3 de la Ley 21.521 prestados profesionalmente en Chile: plataformas de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, asesoría crediticia, asesoría de inversión, intermediación de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes y custodia de instrumentos financieros. La calificación no siempre es evidente: el mismo producto puede caer en uno, en varios o en ninguno según cómo opera.

¿Inscribirse en el registro basta para operar?

No. La ley separa dos pasos: la inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros y la autorización de la CMF para prestar cada servicio. Solo con la autorización se puede operar, y algunos servicios traen exigencias adicionales de patrimonio, garantías y gobierno corporativo según su volumen y naturaleza.

¿Qué pasa si presto servicios fintec sin inscripción?

El plazo de la marcha blanca para quienes ya operaban venció en febrero de 2025, así que hoy prestar servicios del artículo 3 sin registro ni autorización expone a sanciones de la CMF y compromete la continuidad del negocio frente a bancos, adquirentes e inversionistas, que exigen el registro como condición para trabajar con el prestador.

¿Cuánto demora el proceso ante la CMF?

Depende de la completitud de la presentación y del servicio solicitado. La experiencia práctica: los expedientes que llegan completos, con la calificación bien fundada y los antecedentes societarios y de gobierno en regla, avanzan en meses; los incompletos entran en ciclos de observaciones que pueden multiplicar el plazo. La preparación previa es la variable que más controla el tiempo total.

Conversemos sobre los desafíos legales de su empresa

Agende una conversación inicial con nuestro equipo.

© 2026 AnguitaOsorio, todos los derechos reservados.
Chile

Contacto

Contáctanos

Teléfono:

+56 2 2760 4512

Ubicación:

Cerro el Plomo 5420, oficina 1306, Las Condes, Región Metropolitana.